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yoymiyo86
22 sep 2019, 00:37

#24 @nebelis7gih La mayoría de los curas pederastas solo pueden acceder a niños; curioso dato: abusan de los monaguillos... no hay monaguillas y, por consiguiente, no pueden abusar de niñas.
De hecho, cuando logran captar a un pederasta, se descubre que tiene todo tipo de material tanto de niños como de niñas y que ha abusado tanto de unos como de otros.
https://www.msdmanuals.com/es/hogar/trastornos-de-la-salud-mental/sexualidad/pedofilia

Y no tiene nada que ver la orientación sexual con dicha situación.
En todo caso, la relación sexual sería catalogada como "relación homosexual" pero ello no conlleva a que lo sea. Es como si tú ahora te acuestas con alguien de tu mismo sexo en un trío ¿Serías bisexual por realizar tal acto con alguien de tu mismo sexo y, a la vez, con otra persona de distinto sexo?
#21 @realexpectro Según la OMS, la pedofilia está tipificada como una parafilia y trastorno porque afecta a otros individuos... (sé que la pederastia y la pedofilia no son lo mismo pero van de la mano) Y sí, la pederastia está considerada como un "trastorno" o "enfermedad" Y no, no hay "condiciones sexuales" sino "orientaciones sexuales" y "filias".

0(6 votos)
yoymiyo86
21 sep 2019, 15:54

#17 @realexpectro Expone una cuestión y luego dice "los curas pederastas son un claro ejemplo", alegando que por ser pederastas son homosexuales reprimidos.
Todo ésto viene porque estoy cansado de leer y escuchar que como abusan de niños ya son homosexuales. No, la pederastia no va en relación a la orientación sexual sino a un ¿Trastonto? ¿Enfermedad? en la cual se excitan con menores de edad. Al ser monaguillos - chicos - y no haber realizado el cambio a la adultez (imberbes, voz aniñada...) no es porque tengan nepe, es que no hay niñas y los niños no han madurado.
Igual la pregunta que yo hice la formulé del revés pretendiendo decir "¿estás diciendo que todo pederasta es homosexual?" (porque la acabo de leer y sí, mi pregunta no se comprende como pretendía.)

4(6 votos)
yo11
16 sep 2019, 17:26

#11 @realexpectro la intolerancia :( es la que ataca a a otras personas por ser X,Y y Z ,en muchos casos exigiendo que sus derechos sean mermados(derechoides), o los que no atienden a razones y ni siquieran hablan las cosas porque no son capaces de ver que pueden haber otras opiniones nacidas de las buenas intenciones que no sean la suya(izquierda subnormal)

y la intolerancia :) es la que impide que el objetivo de los derechoides joder a otros porque si sea cumplido y el que se niega a aceptar un "porque yo lo digo" de la izquierda subnormal
me sorprende que lo tenga que explicar

0(2 votos)
paquilo2
16 ago 2019, 11:10

#6 @realexpectro
Es más que evidente que es así.

2(4 votos)
yoymiyo86
31 jul 2019, 05:48

#30 @realexpectro Ok; yo hasta el fin de semana dudo que pille el trans.público, pero si lo hago me fijaré si veo alguno (porqie muy pocas veces los veo...)
y sobre lo otro... sí, dejemos el tema.

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yoymiyo86
30 jul 2019, 22:20

#27 @realexpectro Pero esas excepciones son a nivel ESTATAL no a nivel más concreto, que es lo que llevo días diciéndote...
No es que a nivel estatal te diga "no puedes beber" y Madrid diga "pues yo digo que sí", no, es que la misma estatal ya te permite esa excepción.

¿Ves como no decimos lo mismo?

Si una ley estatal ya permite la excepción, la autonómica, provincial o municipal se acoge a ella. PERO si la estatal no lo permite, ya puede venir el vecino del 5º a decir misa que no podrá, jamás, ser más permisivo que la ley estatal.

Yo no he dado a entender nada de eso en ningún momento, en todo caso, lo has interpretado tú así.
Además que lo he repetido una y otra vez: SI LA LEY ESTATAL PROHÍBE X, LA AUTONÓMICA, PROVINCIAL O MUNICIPIAL JAMÁS PODRÁ SER MÁS PERMISIVA.
Si la estatal permite excepciones, las permite para TODAS las siguientes.
Es más, es que el primer ejemplo (pesca en playas) era el ideal: Si la ley estatal prohíbe la pesca en las playas, ninguna playa podrá ser usada para la pesca (pesca con caña desde la orilla de la playa o en espigones)
Ahora bien, si la ley dice: no se podrá pescar en las cosas A NO SER que sea a partir de las 20h de la tarde y con una licencia... entonces, ahí, las zonas costeras podrán decir "pues yo no permito la pesca" o "permitiré la pesca a partir de las 20h, 21h... con la licencia..."

Las excepciones deben ser expuestas por la estatal para que las demás puedan acogerse a ellas.

Otra para que se vea: prohibido subministrar alcohol o tabaco a menores de 18 años (ley estatal) ¿Alguna de menor rango lo permite? No ¿por qué? porque sería contradictoria con la estatal.

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yoymiyo86
30 jul 2019, 14:25

#25 @realexpectro Creo que o no has leído lo que he puesto o has preferido tergiversarlo.
Todo el tiempo estoy diciendo que una ley municipal, provincial o autonómica no puede contradecir ni ser más permisiva que la ley estatal. Ninguna, a no ser que la misma ley estatal así lo conceda.
El ejemplo de la mayoría de edad no iba por poder votar precisamente (era por casos in extremis, de personas que han sido maltratadas o repudiadas por sus familias siendo menores de edad por X motivos y un juez ha dictaminado que sí, que son mayores de edad siendo menores)
La ley de presupuestos generales del estado no recoge los sueldos de los políticos, que yo recuerde, debería mirarlo. Sí recoge el de los funcionarios.
No pongo ejemplos que nada tienen que ver, estoy poniendo ejemplos de contradicción o permisividad/prohibición entre estatal y autonómica, provincial o municipal.

Es que posiblemente estemos debatiendo cosas distintas (de eso me di cuenta hace 2 comentarios)
La ley educativa tiene estipulados unos mínimos y unos máximos para cada materia y cada curso. No puede venir un maestro de ed.física y modificar el PCC ni el PEC así como quien no quiere la cosa. Ampliarlo puede si ha acabado el temario en cuestión, siempre acorde al nivel de la clase y en base a los mínimos y máximos.

Yo he dicho en reiteradas ocasiones - y aquí, en éste, es la 3ª vez - que si una ley estatal PROHIBE X cosa y en la misma no da pie a "excepciones", una de menor rango o más localizada no puede ser más permisiva.
Si lees todos mis comentarios verás que todos van enfocados a eso, siempre.

Lo del metro sí espero que lo averigües, que igual es muy diferente a los de TMB.

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yoymiyo86
30 jul 2019, 10:29

#21 @realexpectro En lo del Pride... una cosa sería hacer "la vista gorda" y, otra, que una ley lo permita. Si hay policías que multan y retiran la bebida es porque no está permitido (que dicho sea de paso: eso lo hacen en todas y cada una de las festividades que hay en España porque aquí el alcohol y el tabaco aportan mucho dinero al Estado) Pero es "hacer la vista gorda".
Lo mismo pasa con las reuniones de personas: si no solicitas a X institución que vas a tener una reunión de más de 20 personas y salís todos a la calle, se os puede multar por "manifestación ilegal" (aunque no os estéis ni manifestando) En cambio, esas mismas personas salen de un local (boda, banquete de empresa, discoteca...) y no pasa nada.
¿Quiere decir que sea más permisivo? No, es que se entiendo, a nivel estatal, que no son lo mismo.

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yoymiyo86
30 jul 2019, 10:23

#22 @realexpectro Veamos... la ley estatal te permite conducir (pañuelo blanco en la ventana) para llevar a alguien a vida/muerte. La estatal ya lo permite. No es algo municipal. Los vehículos de prioridad o emergencias ya están recogidos a nivel estatal. De nuevo, no es que sea más permisivo a nivel municipal, provincial o autonómico, es que ya está dicha excepción a nivel estatal.

La regulación de los sueldos no lo estipula el Gob.Central, por lo que has dicho (por ende, no hay ley estatal que lo regule, que es lo que yo dije) así que no se contradice ni es más permisiva, es que no hay un control legal para ello.
La mayoría de edad ya te dije que hay excepciones pero están recogidas a nivel estatal. No es que Andalucía diga "pues mira, a partir de ahora serán mayores de edad los de 16 porque lo digo yo" o Castilla La-Mancha diga "no, yo haré que lo sean a partir de los 21 porque lo digo yo". Igual que la obligatoriedad de llevar el DNI desde los X años.
Son leyes estatales que ya tienen sus condiciones.

Dime una sola ley estatal que sea prohibitiva y que una autonomía tenga la permisividad.

La C.E. delega al Estatut d'autonomia lo que conlleva al catalán y, ahí, no pone que sea un deber conocerla. (OK, en el 2006 se modificó) Pone "derecho y deber de conocerlas"

Las multas es por lo que te dije: a nivel estatal hay un baremo y, luego, cada cuerpo policial puede poner el límite dentro de ese baremo; si oscila entre 30 y 60.000€, y la nacional estipula que lo harán desde los 600, no es que esté contradiciéndola, es que está dentro de ese margen. Otra cosa sería que te pusieran una multa de 15€.



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yoymiyo86
30 jul 2019, 06:05

#18 @realexpectro Revisa el 3.2. de la CE, porque no habla ni deber ni derecho.
Título preliminar
Ver sinopsis
Artículo 3
El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.

Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.

La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

De nuevo, mezclar competencias de cuerpos policiales no se piede. Se rigen por la misma ley básica de sancionamiento, sí, pero como esa misma ley oscila entre diferentes "precios", pueden jugar en ese "vacío". Pero no es que sea más permisivo.

El Pride NO es una fiesta. En la manifestación del Pride no se puede beber; en la fiesta de después, sí (igual que en cuaquier otra fiesta). La manifestación del Pride es antes del pregón.

Con la ley de educación tampoco pasa; todos han de salir de cada curso con X conocimientos básicos. Si suspendes más de 3, repites. Otra cosa sería el privado, el cual tiene libertad para establecer los niveles y no se rigen por la ley educativa.

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yoymiyo86
29 jul 2019, 00:02

#16 @realexpectro Lo de las lenguas es para ejemplificar lo autonómico y lo estatal (una es deber y, la otra, un derecho)
Las penas... no es que sea más permisiva ni que esté justificada. Las sanciones varían dependiendo de muchos factores (peligrosidad, ruido, cuantía de alcohol...). De hecho tú mismo pones que son dos cuerpos diferentes: nacional y municipal. Dependiendo de lo que haya será X€ o Y€ (creo que era entre 30 y 1500€) Pero si la pone la nacional dará igual en qué territorio lo haga ¿o varía si es Madrid, Sevilla o Valencia?
Es que si una estatal dice: no se puede beber en la calle nunca; y una municipal dice: se puede beber en la calle a X horas... se contradicen (permisividad)
Casi nunca ocurre porque las estatales son demasiado básicas precisamente para estas cosas.
Pero sí, volvamos al metro ¿eran del mismo equipo de seguridad o especializados? ¿Cuántos por estación?
En TMB - me fijé ayer - hay unos que llevan pistola, pero en su chaleco no pone TMB (secúritas si mal no recuerdo)

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thedarkmage
27 jul 2019, 19:41

#31 @realexpectro

Está claro que mi capacidad de redacción esta mañana no ha estado a la altura, mis disculpas. Lo que he escrito es "nada en la sentencia permite inferir que el TEDH considera ajustadas a derecho el conjunto de acciones llevadas a cabo por el estado"; lo que se suponía que debería haber escrito es "nada en la sentencia permite inferir que el TEDH considera ajustadas a derecho el conjunto de acciones llevadas a cabo por el estado fuera de los hechos a los que se refiere la demanda: la suspensión de la sesión plenaria del 9 de octubre de 2017". Dicho de otra manera, no se pronuncia ni a favor ni en contra sobre nada más allá de la demanda.

Lamento que veas la expresión de mi opinión como un menosprecio hacia la tuya o la de cualquiera que piense distinto a mí. No es así como yo lo vivo y, para serte sincero, me está resultando muy interesante hablar del tema como lo estamos haciendo.

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thedarkmage
27 jul 2019, 19:17

#30 @realexpectro

El hecho de que se esté acusando a los responsables del procés de los tipos penales de rebelión y sedición es demostración de que el mero hecho de declarar la independencia no figura como tipo penal específico. Eso no implica que no pueda ser delito, implica que serán otros delitos (p.ej: los mencionados tipos de rebelión y sedición). Puede que mi memoria se haya deteriorado o puede que lo aprendiera mal en su momento pero, hasta donde yo recuerdo, el tribunal es quien decide si los hechos sometidos a juicio cualifican o no para los tipos penales propuestos por las acusaciones y, en su caso, decide las penas. Como decíamos antes, entiendo que tú (y no solo tú) tienes muy claro que sí hubo delito pero, a nivel formal, hasta que no haya sentencia no hay delito.

Cualquiera tiene la capacidad de ejercer la violencia, claro, lo que no está tan claro es que cualquier cantidad de violencia cualifique para el tipo penal. De hecho, eso mismo es lo que dice el tribunal alemán que mencionas.

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thedarkmage
27 jul 2019, 10:43

#27 @realexpectro

Lo comprobé en el código penal. Y me reafirmo: no existe tipo específico para la declaración de independencia. Lo más parecido, como tú bien apuntas, es el delito de rebelión. Ahora bien, para que exista delito de rebelión es necesario un alzamiento público y violento con, en este caso, el objetivo de independizar una parte del territorio español. Aceptaremos por acortar un poco que ir a votar es alzarse, está claro que se hizo de forma pública y, sin lugar a dudas, el objetivo era la independencia pero, aún teniendo en cuenta absolutamente todas las lesiones que sufrieron las fuerzas del orden, la violencia que hubiera dificilmente llega al mínimo esperable en quien trata de tomar un territorio por la fuerza.

En lo que tienes razón es en que no me había leído la sentencia del TEDH pero ya está solucionado. Mi lectura es que, si bien es cierto que considera inadmisible la demanda porque no aprecia que se haya violado los derechos de libertad de reunión, de expresión, a unas elecciones libres y a un juicio justo de los demandantes en el caso concreto que ocupa la demanda, nada en la sentencia permite inferir que el TEDH considera ajustadas a derecho el conjunto de acciones llevadas a cabo por el estado... no porque no lo esté, ojo, sino porque el tribunal se pronuncia únicamente en referencia a la demanda.

El problema aquí es que se actúa policialmente contra ciudadanos que no estaban cometiendo ningún delito. Respecto a Puigdemont, está claro que dejó en la estacada a sus seguidores. Él y el resto.

En vista de que lo he entendido bien y de que soy muy consciente en mi vida diaria de que mis derechos terminan donde empiezan los de los demás, apreciaría que me dijeras qué derechos he pisado y a quién; así, si procede, podría disculparme debidamente y asegurarme de que no ocurre de nuevo.

1(1 voto)
yoymiyo86
27 jul 2019, 09:08

#12 @realexpectro http://www.idluam.org/blog/cuando-hay-contradiccion-entre-la-lrsal-y-una-ley-autonomica/

https://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2009/09/18/tsj-enmienda-ley-consell-fijar-limites-permisivos-contaminacion/632474.html

Otros ejemplos y explicación.

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yoymiyo86
27 jul 2019, 09:05

#12 @realexpectro Cuando hablaba de pesca no me refería a pesca de altura sino en la playa... Mea culpa por no especificarlo.
En lo del metro... ya me extrañaba. Como norma no suelen llevarla porque esos de seguridad que se pasean son controladores de tiquets más que de carteristas. Los otros tañ vez haya 1 por tren (es un decir para comentar que son muy pocos)
Los tribunales son diferentes a las leyes. Ahí hablas de hacer cumplir la ley, no de hacerlas (poder judicial, poder legislativo...)
Si una ley que dicho tribunal dice que hay la recurres a otro tribunal superior y éste te dice que "tienes razón y no se puede", podría haber un conflicto de intereses ee mucho cuidado.
Sin ir más lejos todo el tema de las lenguas en España. La oficial es el castellano y ninguna otra puede estar por encima de ésta (todo el debate de la inmersión del catalán...) o por ejemplo, la ley del registro civil, la ley del mateimonio, divorcio...

0(2 votos)
thedarkmage
26 jul 2019, 14:29

#23 @realexpectro

Hasta donde yo sé, y acabo de volver a comprobarlo, la declaración de independencia, unilateral o no, no existe como tipo penal. Por ese motivo no se acusa a nadie "declaración de independencia" sino de sedición y rebelión. Por eso el condicional: cuando haya fallo del supremo sabremos con seguridad si los hechos son constitutivos de delito. No es que haya ninguna duda acerca del fallo, claro, pero sin él lo  que hay son opiniones y argumentos. El recurso de amparo de Forcadell se rechazó por no haber agotado todas las instancias judiciales internas, pero eso no implica en ningún caso que el TEDH la considere culpable de ningún delito.

Si no digo que el pleno del 9 - O o la declaración de independencia no sean ilícitos, lo que digo es que la actuación policial empezó antes y se centró en personas que no estaban cometiendo delito alguno.

Respecto a la gente que insulta... qué te voy a contar? Tanto derecho tienes tú a tu opinión como los demás a la nuestra, a mi me parece perfecto.

Puede que lo haya entendido mal, en cuyo caso me disculpo, pero me ha parecido que insinuabas que le he pisado los derechos a alguien pero no sé cuáles son esos derechos ni a quién se los he pisado. Aún así gracias por el consejo, lo recordaré.

2(2 votos)
yoymiyo86
26 jul 2019, 12:07

#10 @realexpectro Mira realmente si la agencia de seguridad del metro de Madrid (que nunca los he visto con pistola, sí a policías, cosa que también hay en el metro de Bcn) es una agencia privada o contratada por el Ayto de Madrid.
Ninguna ley puede ser más permisiva. Es uno de los principios legales que hay. Otra cosa es que la ley estatal de libre albedrío o sea ambigua.
Te pongo por ejemplo: si una ley estatal te dice que en las playas de España no se puede pescar. Ya puede decir Valencia que sí que si denuncias a un pescador, tendrás la razón.
Otra cosa sería decir: en las costas españoles no se puede pescar SALVO aquellas cuyas zonas sean de propiedad privada y/o destinadas a tal fin.
Pero te doy la razón: la gestión y administración de TMB es una puta mierda.

1(7 votos)
yoymiyo86
26 jul 2019, 08:45

#3 @eriol321 Es que lo que pretendían no era "cogerlo y esperar". Además, que nadie puede retener a nadie en contra de su voluntad. El Raval... paso muchas veces por ahí incluso a las 2am y aún no he visto nada... incluso por la Mina y no pasa nada (me preocupan más las bandas de niñatos que acuden a los C.C. para pelear)
#4 @alma_podrida Sigue sin ser legal retener a alguien en contra de su voluntad.
#5 @realexpectro Las leyes autonómicas nunca pueden ser más permisivas que las estatales, solo más restrictivas. Si desde el Estado no se permite que lleven armas, las CCAA no pueden admitirlo. De ahí mi comentario.

3(9 votos)
thedarkmage
26 jul 2019, 07:50

#17 @realexpectro

El tema es que, aunque la declaración de independencia pueda considerarse delito (cosa que confirmará el Supremo en breve y sobre la que yo, como ya supondrás, disiento) y, por tanto susceptible de represión por parte del Estado, esa represión empezó bastante antes contra personas que no estaban cometiendo delito alguno. No sólo eso, el TEDH avaló la actuación del estado en la suspensión del pleno del 9 de octubre, no en la actuación policial del 1-O.

Por otro lado, bien pudiera ser que esté equivocado, no sería ni la primera ni la última vez, pero el error será por una lógica falsa, por unos argumentos débiles o por unas ideas insuficientemente ancladas a la realidad, que el universo entero opinara diferente a mí no implicaría necesariamente que estuviera equivocado. Independientemente, sigo pensando plantearse individualmente la idoneidad de las actuaciones cuyo poder proviene de cada uno de nosotros es sano y te animo a hacerlo tu también.

3) Los chalecos amarillos consiguieron varias de las cosas que pedían de un gobierno poco o nada inclinado a dárselas, eso es una victoria. Podemos discutir si la forma de conseguirlas es legítima o no o si el precio que pagaron los parisinos fue excesivo o justificado, claro...

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