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          Enviado por ♂ Anónimo el  3 mar 2025, 20:02 / Política
    
    
    
    
    
    
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														Excepto en violencia de género, que con la palabra de la acusadora ya es suficiente.
En España sí se puede condenar con la declaración de la presunta víctima como única prueba de cargo. Puedes comprobarlo facilmente en el informe de 2016 del CGPJ (Tabla de la Sección II.5, página 67) en el que afirman que el 33,8% de los casos juzgados de primera instancia en las audiencias provinciales acaba en condena sin más prueba que ese testimonio.
	
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