Tenía que decirlo / Personas, tenía que decir que aunque comprendo que una cosa son las personas y otra las ideas políticas, si tus ideas políticas van en contra de los derechos básicos de otras personas, no puedo respetarlas.
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Enviado por rosenrot3 el 7 dic 2020, 00:15 / Reflexiones

Personas, tenía que decir que aunque comprendo que una cosa son las personas y otra las ideas políticas, si tus ideas políticas van en contra de los derechos básicos de otras personas, no puedo respetarlas. TQD

#1 por shitenko
9 dic 2020, 11:21

Bueno, si tus ideas atentan contra el derecho básico a la presunción de inocencia de un hombre al parecer la cosa cambia bastante.

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#2 por poetman
9 dic 2020, 11:45

#1 #1 shitenko dijo: Bueno, si tus ideas atentan contra el derecho básico a la presunción de inocencia de un hombre al parecer la cosa cambia bastante.@shitenko No, no cambia la cosa, ese derecho básico va en el pack también. Per me cuesta mucho pensar que alguien tenga esas ideas. Todas las personas que conozco, tanto de izquierdas como de derechas creen en el estado de derecho. A quien te refieres, a gente con ideología anarquista? Un poco raro tu comentario.

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#3 por realexpectro
9 dic 2020, 14:25

Bueno estás en tu derecho a no respetar a esas personas por querer tener su derecho básico a la libertad ideológica y de pensamiento así como que estas personas están en su derecho de no respetarte a ti por, precisamente, ser una persona que no respeta los derechos básicos de otros. ^^ . Vamos, la hipocresía y la superioridad moral de siempre de "yo, sí. Los demás, no!".

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#4 por shitenko
9 dic 2020, 16:44

#2 #2 poetman dijo: #1 @shitenko No, no cambia la cosa, ese derecho básico va en el pack también. Per me cuesta mucho pensar que alguien tenga esas ideas. Todas las personas que conozco, tanto de izquierdas como de derechas creen en el estado de derecho. A quien te refieres, a gente con ideología anarquista? Un poco raro tu comentario.@poetman Sí, muy raro mi comentario. Como no sé de dónde eres me iré a los casos de Hollywood como por ejemplo el de Johnny Dep. Tu pareja te acusa de maltrato y empieza un proceso difamatorio bestial que acaba con tu imagen. En su caso ha perdido el contrato con la saga Piratas del Caribe y Los Crímenes de Grindelwald. Al final resulta que la que matrataba era ELLA, que por cierto a día de hoy no ha perdido su papel en la secuela de Aquaman.
A un nivel más mundano y menos mediático te encierran en un calabozo de forma PREVENTIVA. Van a tu casa, te llevan detenido y ya luego se demuestra que NO ha habido maltrato.
Por no hablar de las demandas de divorcio en que para quedarse con la custodia de los hijos o sacar mayor beneficio económico la mujer alega malos tratos (físicos o psicológicos, que a ver cómo los demuestras).
Sí, todo muy raro. De ideología anarquista.

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#5 por poetman
9 dic 2020, 18:03

#4 #4 shitenko dijo: #2 @poetman Sí, muy raro mi comentario. Como no sé de dónde eres me iré a los casos de Hollywood como por ejemplo el de Johnny Dep. Tu pareja te acusa de maltrato y empieza un proceso difamatorio bestial que acaba con tu imagen. En su caso ha perdido el contrato con la saga Piratas del Caribe y Los Crímenes de Grindelwald. Al final resulta que la que matrataba era ELLA, que por cierto a día de hoy no ha perdido su papel en la secuela de Aquaman.
A un nivel más mundano y menos mediático te encierran en un calabozo de forma PREVENTIVA. Van a tu casa, te llevan detenido y ya luego se demuestra que NO ha habido maltrato.
Por no hablar de las demandas de divorcio en que para quedarse con la custodia de los hijos o sacar mayor beneficio económico la mujer alega malos tratos (físicos o psicológicos, que a ver cómo los demuestras).
Sí, todo muy raro. De ideología anarquista.
@shitenko Si te das cuenta, he tirado de sarcasmo. Sabía perfectamente a qué te referías. Pero sigues sin aportar nada. La presunción de inocencia no queda vulnerada por el hecho de que haya un linchamiento mediático. Es un término jurídico, no periodístico. Puedes opinar que esté mal el linchamiento, y yo estaré de acuerdo. Pero eso pasa con cualquier tema que envuelva a famosos. Por otro lado, no te creas todo lo que veas por internet. La prisión preventiva se aplica o no según una serie de criterios. Es falso que en el caso de un hombre bla bla bla se aplique por norma. Ergo la presunción de inocencia, otra vez, no queda vulnerada.

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#6 por shitenko
13 dic 2020, 11:48

#5 #5 poetman dijo: #4 @shitenko Si te das cuenta, he tirado de sarcasmo. Sabía perfectamente a qué te referías. Pero sigues sin aportar nada. La presunción de inocencia no queda vulnerada por el hecho de que haya un linchamiento mediático. Es un término jurídico, no periodístico. Puedes opinar que esté mal el linchamiento, y yo estaré de acuerdo. Pero eso pasa con cualquier tema que envuelva a famosos. Por otro lado, no te creas todo lo que veas por internet. La prisión preventiva se aplica o no según una serie de criterios. Es falso que en el caso de un hombre bla bla bla se aplique por norma. Ergo la presunción de inocencia, otra vez, no queda vulnerada.@poetman No es falso, por desgracia es totalmente cierto. De facto, es cierto. Tengo un muy buen amigo que trabaja en los juzgados de mi ciudad y dice que de facto siempre se actúa así porque "no vaya a ser que por no actuar así resulte que este caso sí sea cierto y vayamos a quedar de cómplices". Por otro lado no hablo de PRISIÓN preventiva sino de DETENCIÓN y traslado preventivo al cuartelillo. Y para esto el único criterio que debes cumplir es ser un hombre denunciado por tu pareja. Y si quieres ver si se vulnera o no la presunción de inocencia, explícame bajo qué preceptos yo puedo denunciar a mi pareja y de oficio se la lleven detenida a pasar la noche en el cuartel para que yo esté seguro.

PD: Efectivamente, no había pillado tu ironía. Mea culpa.

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#7 por yoymiyo86
13 dic 2020, 12:52

#6 #6 shitenko dijo: #5 @poetman No es falso, por desgracia es totalmente cierto. De facto, es cierto. Tengo un muy buen amigo que trabaja en los juzgados de mi ciudad y dice que de facto siempre se actúa así porque "no vaya a ser que por no actuar así resulte que este caso sí sea cierto y vayamos a quedar de cómplices". Por otro lado no hablo de PRISIÓN preventiva sino de DETENCIÓN y traslado preventivo al cuartelillo. Y para esto el único criterio que debes cumplir es ser un hombre denunciado por tu pareja. Y si quieres ver si se vulnera o no la presunción de inocencia, explícame bajo qué preceptos yo puedo denunciar a mi pareja y de oficio se la lleven detenida a pasar la noche en el cuartel para que yo esté seguro.

PD: Efectivamente, no había pillado tu ironía. Mea culpa.
@shitenko Si lees la ley no hay vulnerabilidad de la presunción de inocencia.
Solo se lleva a ese hombre si hay denuncias previas, si hay indicios de que dicha mujer peligre...
https://hayderecho.expansion.com/2019/09/09/presuncion-de-inocencia-y-violencia-de-genero-i-sobre-la-presuncion-de-inocencia/

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#8 por shitenko
14 dic 2020, 09:00

#7 #7 yoymiyo86 dijo: #6 @shitenko Si lees la ley no hay vulnerabilidad de la presunción de inocencia.
Solo se lleva a ese hombre si hay denuncias previas, si hay indicios de que dicha mujer peligre...
https://hayderecho.expansion.com/2019/09/09/presuncion-de-inocencia-y-violencia-de-genero-i-sobre-la-presuncion-de-inocencia/
@yoymiyo86 Ojalá cuando hubiera un artículo con dos partes nos leyéramos ambas partes antes de usarlo como arma de batalla.

La segunda parte del mismo artículo (https://hayderecho.expansion.com/2019/09/10/presuncion-de-inocencia-y-violencia-de-genero-y-ii-los-procesos-de-violencia-de-genero/) dice bien claro que la presunción de inocencia en estos casos empieza cuando se celebra un juicio y no en la fase de detención preventiva y la investigación inicial, ya que se considera un derecho PROCESAL. Si no hay proceso judicial (o en las fases previas) "no se llega a vulnerar" la presunción de inocencia al practicar la detención inicial "PORQUE EN ESOS CASOS NO OPERA".
["... como queda dicho, la presunción de inocencia es un derecho fundamental procesal, es decir, que desarrolla todo su potencial en el ámbito de un proceso penal, concretamente en el juicio. La detención policial, tras la denuncia, sucede en una fase previa al proceso, en una fase policial donde los fines son otros y donde, por tanto, no puede hablarse de vulneración de un derecho procesal, por muy fundamental que sea."]

Es decir, que tú empiezas a ser supuestamente inocente cuando llegas a juicio, para el proceso de detención inicial NO OPERA tu presunción de inocencia.

Vaya, eso me suena EXACTAMENTE a lo que estaba diciendo yo.

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#9 por shitenko
14 dic 2020, 09:14

Por otro lado, en el mismo artículo (gracias por adelantado) se refuerza lo que he dicho en #6,#6 shitenko dijo: #5 @poetman No es falso, por desgracia es totalmente cierto. De facto, es cierto. Tengo un muy buen amigo que trabaja en los juzgados de mi ciudad y dice que de facto siempre se actúa así porque "no vaya a ser que por no actuar así resulte que este caso sí sea cierto y vayamos a quedar de cómplices". Por otro lado no hablo de PRISIÓN preventiva sino de DETENCIÓN y traslado preventivo al cuartelillo. Y para esto el único criterio que debes cumplir es ser un hombre denunciado por tu pareja. Y si quieres ver si se vulnera o no la presunción de inocencia, explícame bajo qué preceptos yo puedo denunciar a mi pareja y de oficio se la lleven detenida a pasar la noche en el cuartel para que yo esté seguro.

PD: Efectivamente, no había pillado tu ironía. Mea culpa.
que en estos casos los cuerpos de seguridad actúan "según sus propios protocolos", así que bueno, intentando refutarme has acabado reforzándome.
["Para proceder a la detención, tras denuncia de la víctima, la policía tiene en cuenta las instrucciones de sus superiores (protocolos) y su propia apreciación del caso concreto"]

Finalmente, vamos con los números que justifican estos procedimientos. El 45% de los casos son sobreseídos sin siquiera llegar a juicio. Es decir, casi la mitad de hombres denunciados lo fueron sin pruebas o sin motivos suficientes para la denuncia. Con dos cojones. Pero es que de los que se llegan a juzgar casi el 63% acaba en absolución.
["...Así, de las 166.961 denuncias de violencia de género que se interpusieron en el año 2018, el 45 % terminó en sobreseimiento"]
["Concretamente, en los juzgados de lo penal, donde se celebra la fase de juicio oral, la estadística del CGPJ para el año 2018 arroja que el 62’8 % de los juicios que sí se celebraron acabaron en absolución, por el 37,2 % que acabó en condena."]

Ahora hagamos una operación simple. el 63% de los casos que llegaron a juicio (un 55%) acaban en absolución, lo cual quiere decir que casi 34.6% de los hombres denunciados resultaron inocentes. Sumemos esto a los casos sobreseídos: 45%+34.6% = 79.6%. Casi un 80% de los hombres denunciados por violencia de género fueron encontrados inocentes.

Me resulta difícil ver la legitimidad de un procedimiento en el que 8 de cada 10 hombres acusados por su pareja resultan ser inocentes.
Pero sigamos con la cantinela de que en España las mujeres están desprotegidas.

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#10 por yoymiyo86
14 dic 2020, 16:59

#8 #8 shitenko dijo: #7 @yoymiyo86 Ojalá cuando hubiera un artículo con dos partes nos leyéramos ambas partes antes de usarlo como arma de batalla.

La segunda parte del mismo artículo (https://hayderecho.expansion.com/2019/09/10/presuncion-de-inocencia-y-violencia-de-genero-y-ii-los-procesos-de-violencia-de-genero/) dice bien claro que la presunción de inocencia en estos casos empieza cuando se celebra un juicio y no en la fase de detención preventiva y la investigación inicial, ya que se considera un derecho PROCESAL. Si no hay proceso judicial (o en las fases previas) "no se llega a vulnerar" la presunción de inocencia al practicar la detención inicial "PORQUE EN ESOS CASOS NO OPERA".
["... como queda dicho, la presunción de inocencia es un derecho fundamental procesal, es decir, que desarrolla todo su potencial en el ámbito de un proceso penal, concretamente en el juicio. La detención policial, tras la denuncia, sucede en una fase previa al proceso, en una fase policial donde los fines son otros y donde, por tanto, no puede hablarse de vulneración de un derecho procesal, por muy fundamental que sea."]

Es decir, que tú empiezas a ser supuestamente inocente cuando llegas a juicio, para el proceso de detención inicial NO OPERA tu presunción de inocencia.

Vaya, eso me suena EXACTAMENTE a lo que estaba diciendo yo.
@shitenko dice lo OPUESTO. Eres inocente hasta que la otra parte pueda demostrar que eres culpable ¿En serio leemos lo mismo? "El acusado, por tanto, no tiene que probar que es inocente, sino que son las acusaciones las que tiene que probar que es culpable, y hacerlo más allá de toda duda razonable."

En cuanto a las detenciones... si quieres las comparamos con los posibles delitos de hurto y robo en el cual se detienen mediante una acusación descriptiva.
"Cuando se pone una denuncia se inicia el proceso penal en esa primera fase, también llamada “instrucción”. En ella, el juez de instrucción (junto con la policía y el Ministerio Fiscal) busca si hay o no indicios del delito y del autor, y para ello ordena la práctica de una serie de diligencias de investigación (interrogatorio de testigos, sospechosos y víctima, periciales médicas o de valoración de daños, recogida de documentos, en papel o soporte de video/audio, etc.)."

Y como ya dije: Solo se lleva a ese hombre si hay denuncias previas, si hay indicios de que dicha mujer peligre...

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